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Licencias Retribuidas «Cómputo primer día laborable»

Tal y como anunciamos en la nota informativa publicada el pasado 28 de Mayo, tras la celebración de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Marco, y ante la negativa de la Dirección de Sidenor Aceros Especiales a la aplicación de la nueva doctrina del Tribunal Supremo sobre el inicio cómputo  del primer día laborable para el trabajador en relación a las licencias retribuidas, las Secciones Sindicales de UGT, CC.OO. y LSB-USO manifestamos lo siguiente:

  • Se ha solicitado la mediación del Servicio Interconfederal de mediación y Arbitraje (SIMA de Madrid), instrumento del que nos hemos dotado en el Acuerdo Marco para la resolución de posibles conflictos. Paso previo y de obligado cumplimiento para su judicialización por afectar a todos los centros de trabajo y estar ubicados en diferentes Comunidades Autónomas.

Los letrados de las Federaciones de Industria de los sindicatos firmantes del Acuerdo Marco (USO, CC.OO. y UGT), el pasado día 19 de Julio, han celebrado el acto de comparecencia cuyo resultado ha sido SIN AVENECIA por ambas partes.

  • No habiendo sido reconocido el derecho en el SIMA procederemos a interponer demanda de conflicto colectivo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, por ser este el Tribunal Superior competente para conocer la causa.

Una vez más se demuestra que los hechos hablan por sí solos, el populismo reivindicativo constituye la falaz utopía repetida incesantemente. Los acuerdos y la mejora de derechos se consiguen a través de la negociación colectiva, y en los tribunales se defienden cuando es necesario. El valor de conjunto aporta mejoras sociales y estabilidad laboral, así como, un futuro cierto para los trabajadores y la garantía de empleo.

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