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El comité de Bridgestone convoca 7 días de huelga

El Comité Intercentros de Bridgestone ha anunciado la convocatoria de 7 días de huelga a realizar  entre el 29 de enero y el 4 de febrero en las tres factorías que  la multinacional nipona posee en España, entre ellas la planta cántabra  de Puente San Miguel.

La convocatoria de huelga se produce tras la reunión mantenida esta mañana en Basauri (Vizcaya)  entre los representantes de los trabajadores  y la dirección de la empresa. Durante la misma, los sindicatos que conforman la mayoría sindical, USO, UGT, ELA y BUB, han realizado una serie de propuestas referentes al incremento salarial, la jornada y la regulación de las  contrataciones.

La mayoría sindical, en la que no se encuentra CC.OO que ha suscrito en solitario un Acuerdo de Eficacia Limitada con la empresa, propone un incremento salarial del IPC para los años 2016 y 2017, un incremento del 1,25% garantizado con revisión al alza del IPC  para el año 2018 y un 1,5% en los mismos términos para el año 2019. Con respecto a la llamada “flexibilidad positiva” se pretende su eliminación y el cambio por incremento de jornada. Respecto a las nuevas contrataciones, la parte social pretende se acuerde un porcentaje de eventuales para su pase a un contrato indefinido y la regulación de la contratación de trabajadores en prácticas.

La empresa, que no ha hecho concesiones en el punto del incremento salarial,  dijo estar en disposición de recibir redacciones de propuestas en los capítulos de jornada y contrataciones. La respuesta unánime de la mayoría sindical fue finalizar la reunión tras reprochar a la empresa su postura: “no podemos aceptar que tras dos años de negociación, de los tres puntos propuestos, se cierre el punto del incremento salarial”.  Seguidamente anunciaron la convocatoria de huelga para todas las fábricas.

 Juicio en la Audiencia Nacional

 Mañana martes se celebrará  en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de Madrid la vista sobre la demanda promovida por USO en materia de Tutela de los Derechos Fundamentales y Libertad Sindical contra Bridgestone. Esta demanda pretende que sea retirada y considerada ilegal la pretensión de la empresa Bridgestone de aplicar la adhesión tácita del Acuerdo de Eficacia Limitada suscrito con CC.OO. Tanto la empresa como CC.OO  pretenden que los efectos del acuerdo suscrito en materia de negociación colectiva sea aplicado a todos los trabajadores que no manifiesten expresamente  su voluntad de no aplicación del Acuerdo de Eficacia Limitada ante la dirección de la empresa. Para USO, esto supone una lesión a la libertad sindical y solicita que la adhesión sea explicita, individual y voluntaria.

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